BASES LEGALES

PROGRAMA BECAS LATAM OCF 2027

1. ENTIDAD ORGANIZADORA

La presente acción promocional denominada:

“PROGRAMA INTERNACIONAL DE BECAS OCF 2027”

es organizada por:

CREDUKA 2004 SL
CIF: B65734428
Domicilio social: Travessera de Gracia 56, 3º1ª, Barcelona, España

Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona:
Tomo 43011, Folio 166, Hoja B-417754, Inscripción 1ª

Correo electrónico de contacto:
administracion@ocf.international

(en adelante, “OCF International” o “la organización”).

2. OBJETO DEL PROGRAMA

El presente programa tiene como finalidad:

  • apoyar,
  • premiar,
  • y fomentar

el desarrollo académico internacional de estudiantes vinculados a los programas de acceso universitario y acompañamiento académico y migratorio ofrecidos por OCF International para estudios superiores en España.

La presente convocatoria tiene carácter promocional y privado y no constituye en ningún caso una beca pública oficial.

3. DESTINATARIOS

La convocatoria tiene carácter internacional y está dirigida a estudiantes interesados en desarrollar estudios en España mediante programas vinculados a OCF International.

La convocatoria está abierta a estudiantes de nacionalidad hispanoamericana con residencia fuera de la Unión Europea.

4. VIGENCIA Y DURACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria entrará en vigor el:

11 de mayo de 2026

y permanecerá abierta hasta el:

15 de abril de 2027 a las 23:59h (hora España).

No se admitirán participaciones posteriores a dicha fecha.

5. FECHA DEL SORTEO

La selección de los beneficiarios se realizará el:

28 de abril de 2027.

La organización podrá modificar dicha fecha por causas justificadas, comprometiéndose a comunicar cualquier modificación a través de sus canales oficiales.

6. PREMIOS Y BECAS

Se otorgarán los siguientes beneficios:

Premio

Descripción

🥇 Primer premio: Beca 2000

2.000 €

🥈 Segundo premio: Beca 1000

1.000 €

🥉 Tercer premio: Beneficio Sanitas International Student

Cobertura del coste anual del seguro médico internacional para estudiantes durante 1 año

7. NATURALEZA DE LAS BECAS

Las BECAS:

  • no constituyen becas oficiales públicas,
  • no son transferibles,
  • no son acumulables con otras promociones salvo autorización expresa,
  • y no podrán ser canjeadas por otros servicios distintos a los autorizados por OCF International.

Las BECAS estarán vinculadas al proyecto académico del estudiante en España.

8. GRATUIDAD DE LA PARTICIPACIÓN

La participación en la presente acción promocional tiene carácter gratuito y no implica pago adicional específico para participar en el sorteo.

La contratación de programas OCF responde exclusivamente a la prestación ordinaria de servicios académicos, migratorios y de acompañamiento ofrecidos por OCF International, y no constituye en ningún caso contraprestación directa para la participación en la presente promoción.

9. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

Podrán participar únicamente estudiantes que cumplan TODOS los siguientes requisitos:

  • ✅ Ser alumno de OCF para la 1ª Convocatoria PCE 2027.
  • ✅ Tener nacionalidad hispanoamericana con residencia fuera de la Unión Europea.
  • ✅ Haber contratado un programa:
    • UNIPASS o PREMED.
  • ✅ Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

A) Modalidad suscripción

  • con una antigüedad mínima de 10 meses en la fecha del sorteo.
  • mantener la suscripción o programa activo hasta la convocatoria ordinaria PCE de junio 2027.

B) Modalidad pago único y/o financiado

  • haber formalizado la contratación antes del 31 de agosto de 2026.
  • ✅ No mantener:
    • cuotas pendientes,
    • impagos,
    • deudas,
    • o incidencias económicas

con OCF International hasta la convocatoria ordinaria PCE de junio 2027.

  • ✅ Aceptar íntegramente las presentes bases legales.

10. PARTICIPACIÓN DE MENORES DE EDAD

Los estudiantes menores de edad podrán participar mediante:

  • autorización,
  • representación,
  • o consentimiento expreso de sus padres o representantes legales.

OCF International podrá solicitar documentación acreditativa en cualquier momento.

11. SISTEMA DE ELECCIÓN DE LOS BENEFICIARIOS

La selección de los beneficiarios se realizará:

  • ✅ mediante plataforma profesional de selección aleatoria,
  • ✅ y con supervisión y formalización ante notario transmitido en directo.

La organización realizará:

  • tres sorteos independientes,

correspondientes a cada uno de los premios previstos en las presentes bases legales.

No obstante:

un mismo participante únicamente podrá resultar beneficiario de un único premio.

En consecuencia:

una vez seleccionado un ganador para cualquiera de los premios, dicho participante quedará automáticamente excluido de los sorteos posteriores asociados al resto de BECAS o beneficios.

La organización podrá además:

  • designar suplentes,
  • documentar el proceso,
  • grabar el procedimiento,
  • o publicar evidencias de transparencia.

La decisión será definitiva e inapelable.

12. SUPLENTES

La organización podrá seleccionar uno o varios suplentes para cada uno de los premios previstos.

En caso de:

  • renuncia,
  • imposibilidad de contacto,
  • incumplimiento de requisitos,
  • pérdida del derecho al premio,
  • o cualquier otra causa que impida la correcta adjudicación,

la ayuda podrá asignarse al suplente correspondiente.

13. COMUNICACIÓN DE LOS GANADORES

Los ganadores serán contactados exclusivamente por:

  • correo electrónico.

Asimismo, OCF International podrá publicar:

  • nombre,
  • país de residencia,
  • fotografía,
  • imagen,
  • vídeo,
  • o testimonio del beneficiario

en:

  • Instagram,
  • redes sociales,
  • web corporativa,
  • webinars,
  • materiales promocionales,
  • o comunicaciones oficiales,

salvo oposición expresa del interesado.

14. PLAZO DE ACEPTACIÓN DEL PREMIO

El beneficiario deberá aceptar formalmente mediante respuesta al email de notificación del premio en un plazo máximo de:

10 días naturales

desde la primera comunicación realizada por OCF International.

En caso contrario:

  • perderá automáticamente el derecho al premio,
  • pudiendo éste ser asignado al suplente correspondiente.

15. REQUISITOS DE LA CONCESIÓN DE LAS BECAS

A) BECA ECONÓMICA (1º Y 2º PREMIO)

La aplicación efectiva de las becas económicas correspondientes al primer y segundo premio quedará condicionada a la acreditación documental de:

  • ✅ obtención de admisión en una institución educativa en España;
  • ✅ formalización y pago de la matrícula correspondiente para el inicio del curso académico 2027-2028;
  • ✅ y, únicamente en aquellos casos en los que legalmente corresponda, obtención de resolución favorable del expediente migratorio, autorización de estancia o visado de estudios.

B) TERCER PREMIO — BENEFICIO INTERNACIONAL OCF

La aplicación del tercer premio, consistente en un beneficio en especie vinculado a un seguro médico internacional para estudiantes, quedará condicionada a:

  • ✅ obtención de admisión en una institución educativa en España;
  • ✅ formalización y pago de la matrícula correspondiente para el inicio del curso académico 2027-2028;
  • ✅ y, cuando resulte necesario para la correcta tramitación del procedimiento migratorio, podrá emitirse y activarse antes de la resolución definitiva del expediente migratorio o visado.

Una vez emitida y activada la póliza correspondiente:

el beneficio se considerará plenamente aplicado y consumido, no siendo posible:

  • su cancelación,
  • devolución,
  • compensación económica,
  • sustitución,
  • ni reutilización posterior,

aunque:

  • el estudiante no obtenga finalmente resolución favorable del expediente migratorio,
  • decida no viajar,
  • no formalice matrícula,
  • o renuncie posteriormente a su proyecto académico en España.

15.1 PÉRDIDA DEL DERECHO A LA BECA

Las BECAS tendrán carácter condicionado y quedarán supeditadas al cumplimiento y acreditación documental de los requisitos establecidos en las presentes bases legales.

Será causa de pérdida automática del derecho a las becas económicas correspondientes al primer y segundo premio:

  • ✅ la no acreditación documental de:
    • la obtención de admisión en una institución educativa en España;
    • la formalización de matrícula correspondiente al curso académico 2027-2028;
    • y, cuando legalmente corresponda, la obtención de resolución favorable del expediente migratorio o visado de estudios.
  • ✅ la falta de aceptación formal del premio dentro del plazo establecido;
  • ✅ la decisión voluntaria del estudiante de:
    • no iniciar sus estudios en España,
    • renunciar a su proyecto académico,
    • o no incorporarse al curso académico 2027-2028.

En cualquiera de los supuestos anteriores:

el beneficiario perderá automáticamente el derecho a la ayuda económica, sin posibilidad de:

  • reserva,
  • aplazamiento,
  • compensación,
  • ni traslado al curso académico 2028-2029 o posteriores.

OCF International podrá, en su caso, asignar la beca económica al correspondiente suplente conforme al procedimiento previsto en las presentes bases legales.

EXCEPCIÓN DEL TERCER PREMIO

Las disposiciones anteriores no afectarán al tercer premio una vez la póliza de seguro médico haya sido efectivamente emitida y activada, momento a partir del cual el beneficio en especie se considerará definitivamente aplicado y consumido.

16. LIMITACIÓN DE DERECHOS

La condición de ganador del sorteo no generará derecho automático al cobro inmediato ni a la aplicación de las BECAS hasta la completa verificación documental del cumplimiento de todos los requisitos establecidos en las presentes bases legales.

17. MATERIALIZACIÓN Y ABONO DE LAS BECAS

Las BECAS económicas podrán materializarse mediante:

  • transferencia bancaria a cuenta titularidad del estudiante beneficiario,
  • o envío mediante cuenta Wise titularidad del estudiante beneficiario.

La cuenta bancaria o cuenta Wise:

  • podrá ser nacional o internacional,
  • y podrá estar denominada en moneda distinta al euro (€).

En caso de:

  • transferencias internacionales,
  • conversiones monetarias,
  • comisiones bancarias,
  • costes Wise,
  • gastos SWIFT,
  • o cualquier otro coste asociado,

estos serán asumidos íntegramente por el estudiante beneficiario.

Asimismo:

el importe final recibido podrá variar en función de:

  • del tipo de cambio,
  • fluctuaciones monetarias,
  • condiciones bancarias,
  • o costes aplicados por terceros.

La ayuda se considerará satisfecha por el importe efectivamente emitido por CREDUKA 2004 SL en euros (€).

18. PLAZO DE ABONO

Una vez verificado documentalmente el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en las presentes bases, el importe de la beca económica será abonado en un plazo máximo de:

45 días naturales.

19. TERCER PREMIO — BENEFICIO INTERNACIONAL OCF

El tercer beneficiario obtendrá:

la cobertura del importe correspondiente al seguro médico internacional para estudiantes denominado “Sanitas International Students” durante un período máximo de:

12 meses.

Condiciones

  • sujeto a disponibilidad y condiciones de la aseguradora,
  • no canjeable por dinero,
  • aplicable únicamente al producto asegurador seleccionado por OCF International.

OCF International se reserva el derecho de:

  • sustituir el producto por otro equivalente,
  • modificar la modalidad del seguro,
  • o adaptar la cobertura en función de disponibilidad comercial o cambios de la aseguradora.

20. VERIFICACIÓN DOCUMENTAL

OCF International podrá solicitar:

  • documento identidad,
  • certificado bancario,
  • titularidad de cuenta,
  • documentación académica,
  • comprobantes de matrícula,
  • resolución migratoria,
  • o cualquier otra documentación necesaria para validar el cumplimiento de las condiciones.

La negativa a aportar dicha documentación podrá implicar la pérdida del derecho al premio.

21. RELACIÓN CON INSTAGRAM Y REDES SOCIALES

La presente promoción:

  • no está patrocinada,
  • avalada,
  • administrada,
  • ni asociada de modo alguno

a Instagram, Meta, Facebook o cualquier otra red social utilizada para su difusión.

Los participantes exoneran expresamente a dichas plataformas de cualquier responsabilidad derivada de la presente acción promocional.

22. FISCALIDAD

Las BECAS y beneficios previstos en la presente convocatoria podrán tener implicaciones fiscales para los beneficiarios conforme a la normativa aplicable en su país de residencia fiscal.

Cada participante será el único responsable de:

  • consultar,
  • declarar,
  • o cumplir,

en su caso, las obligaciones tributarias que pudieran derivarse de la obtención del premio conforme a su normativa fiscal personal.

OCF International no será responsable de:

  • impuestos,
  • cargas tributarias,
  • retenciones,
  • declaraciones,
  • o consecuencias fiscales

que pudieran corresponder al beneficiario fuera de las obligaciones legalmente exigibles en España.

Asimismo, CREDUKA 2004 SL aplicará el tratamiento fiscal y contable que corresponda conforme a la normativa española vigente y a la naturaleza promocional y comercial de la presente acción.

23. PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos personales serán tratados por:

CREDUKA 2004 SL

de conformidad con:

  • el Reglamento (UE) 2016/679,
  • la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
  • y demás normativa española vigente aplicable.

La finalidad del tratamiento será:

  • la gestión de la presente convocatoria,
  • comunicaciones relacionadas,
  • acciones promocionales,
  • y envío de información sobre servicios académicos y migratorios de OCF International.

Los participantes podrán ejercer sus derechos mediante solicitud dirigida a:

administracion@ocf.international

24. INCIDENCIAS TÉCNICAS

OCF International no será responsable de:

  • fallos técnicos,
  • incidencias en redes sociales,
  • interrupciones de Internet,
  • errores de plataformas externas,
  • incidencias bancarias,
  • problemas de Wise,
  • ni cualquier otra circunstancia ajena que pueda afectar al desarrollo normal de la promoción.

25. PUBLICIDAD Y ACCESO A LAS BASES

Las presentes bases legales permanecerán accesibles durante toda la vigencia de la convocatoria mediante:

  • la página web oficial,
  • landing específica,
  • o enlace facilitado en Instagram y demás canales oficiales de OCF International.

26. MODIFICACIONES Y RESERVA DE DERECHOS

CREDUKA 2004 SL se reserva el derecho de:

  • modificar las presentes bases,
  • suspender,
  • aplazar,
  • cancelar,
  • o limitar la convocatoria

por causas justificadas, técnicas, legales, comerciales o de fuerza mayor.

27. RESPONSABILIDAD

OCF International no será responsable de:

  • fallos técnicos,
  • errores bancarios,
  • retrasos administrativos,
  • problemas migratorios ajenos,
  • incidencias universitarias,
  • actuaciones de terceros,
  • ni circunstancias fuera de su control razonable.

28. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Las presentes bases legales se regirán e interpretarán conforme a la normativa española aplicable y, en particular, conforme a:

  • la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE);
  • el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios;
  • el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (RGPD);
  • la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales;
  • así como cualquier otra normativa civil, mercantil, fiscal, promocional o de consumo que resulte aplicable.

Asimismo, la presente acción promocional se desarrollará respetando los principios generales establecidos en la normativa española reguladora de promociones comerciales y sorteos publicitarios.

Para cualquier controversia derivada de la presente convocatoria, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España), salvo normativa imperativa en contrario.

29. ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en la presente convocatoria implica:

  • la aceptación íntegra de las presentes bases legales,
  • así como de las decisiones adoptadas por la organización dentro de su ámbito de actuación.

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