EJERCICIO DE LA ABOGACÍA EN ESPAÑA POR GRADUADOS O ABOGADOS EXTRANJEROS
Descubre los requisitos y claves para ejercer como abogado en España.
Índice de contenidos
Información general de los requisitos
Graduados o licenciados extranjeros
Muchos abogados extranjeros, creen que con su título de abogado logrado en su país de origen, pueden llegar a España y trabajar de abogado.
Para sorpresa de muchos, esto no es así, ni tan fácil, ni tan rápido.
Para ejercer de abogado en España, tienes que seguir unos pasos y cumplir ciertos requisitos académicos, que también son exigidos a quienes finalizan su carrera de abogados en España.
Si bien la profesión de abogado es una profesión regulada, el procedimiento no es la homologación directa del título, como sucede por ejemplo en el caso de Ingeniero Técnico de Minas.
En el caso de abogados, arquitectos y psicólogos sanitarios, el procedimiento es muy particular.
Lo explicamos a continuación
Solicitud de convalidación
Solicitud de Convalidación de estudios extranjeros
Para homologar en España el título de abogado obtenido en el extranjero, el paso inicial es la convalidación, que se realiza ante una Universidad Española de libre elección del solicitante.
Comentemos qué es la convalidación de estudios
- ¿Qué es la convalidación de un título universitario?
Convalidar un título universitario extranjero significa que una Universidad española reconoce que nuestros estudios cursados en el extranjero son equivalentes a los estudios que dicha Universidad española ofrece para un grado o máster determinado.
- ¿Quién otorga la convalidación de estudios?
La Universidad Española donde hayas solicitado la convalidación es quien te reconocerá las materias y te dirá las asignaturas que te falten realizar.
- ¿Qué efectos tiene la convalidación de estudios?
Una vez que hayas realizado las asignaturas adicionales, obtendrás un título de grado o máster de la universidad española, que no hace mención alguna a los estudios extranjeros.
- ¿Es el mismo procedimiento el que realizan todas las Universidades españolas?
La respuesta es NO. Cada Universidad tiene sus propias normas y procedimientos tanto a nivel académico como en fechas de tramitación y cantidad de plazas.
Volvamos a la carrera de Derecho
El proceso es exactamente el mismo.
Debes saber que por regla general la Universidad no valida 100% los estudios extranjeros, sino que reconoce un determinado porcentaje. De ahí la importancia de hacer un buen «rastreo» de Universidades Españolas, ya que tendrás que matricularte y cursar las materias que te falten y que te señale la Universidad española que has elegido y donde has sido aceptado, para obtener el grado o master correspondiente.
Posteriormente, y una vez finalizado el grado, podrás optar sucesivamente al Máster de la Abogacía y Procura y a la Prueba de Capacitación Profesional.
Una vez obtenida la titulación española de Grado en Derecho correspondiente, resulta de aplicación el sistema de acceso previsto en la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, sistema que consiste en tres puntos:
- Realización de un curso formativo específico para adquirir un conjunto de competencias profesionales específicas.
- Desarrollo de un periodo de prácticas externas.
- Realización de una evaluación de la aptitud profesional.
Máster de acceso a la abogacía
Máster de Acceso a la Abogacía o Curso de formación de Acceso a la Abogacía en Escuela de Práctica Jurídica
Tras la entrada en vigor de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, para poder acceder al ejercicio de la profesión de Abogado, cualquier graduado u homologado ha de cumplir los requisitos de formación adicional y prácticas (Máster de Acceso a la Abogacía o curso de formación de Acceso a la Abogacía en Escuela de Práctica Jurídica creado por un colegio de abogados) establecidos en la misma.
Los másteres de acceso a la abogacía son ofrecidos por numerosas universidades públicas y privadas, y por otro lado, los Colegios de Abogados con Escuela de Práctica Jurídica homologada por el Consejo General de la Abogacía Española ofrecen cursos de formación de acceso a la abogacía. Ambos constan de un periodo teórico, y uno de prácticas profesionales.
La duración de estos programas es de 90 créditos.
Prueba de Acceso por el Ministerio de Justicia
Una vez superado el periodo de formación, deberás presentar el correspondiente certificado que dé fe de haber superado dicha formación, y solicitar en el Ministerio de Justicia la inscripción al examen. Más información en la Web del Ministerio de Justicia.
Tras el periodo formativo y la realización de la prueba de evaluación, una vez obtenida la calificación de APTO, se obtiene el título profesional de abogado, siendo éste requisito previo para la colegiación en España y para el ejercicio de la profesión.
La periodicidad de la convocatoria de la prueba de acceso depende del Ministerio de Justicia, y se publica en su sitio Web.
Inscripción en el Colegio de Abogados
Inscripción en el colegio de Abogados
Una vez cumplimentados, todos los trámites anteriormente mencionados, y con el título profesional de abogado, deberás obligatoriamente colegiarte en el Colegio de Abogados español que corresponda al ámbito territorial en el que establezcas tu domicilio profesional único o principal. La colegiación debe ser previa a la realización de la actividad como abogado.
El resto de trámites y documentación que deberás aportar son los mismos que debe cumplir un ciudadano español que desee colegiarse.
Para poder ejercer el Derecho y la profesión, debes colegiarte como Abogado Ejerciente.
Utilizarás el título profesional español de “abogado” y estarás sujeto a las mismas normas profesionales, jurídicas, administrativas y deontológicas que definen y ordenan la profesión de abogado en España. Pasarás a tener la condición de abogado a todos los efectos, equiparándote plenamente a los abogados ejercientes con título español.
Podrás ejercer en España tanto por cuenta propia, como en calidad de abogado por cuenta de otras personas físicas o jurídicas, en la medida en que así lo permita la normativa aplicable a los abogados ejerc